Necochea devolverá casi $100 millones

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Es un préstamo que otorgó la Provincia en 2020 por el Covid-19

Por JORGE GOMEZ (colaboración)

El Concejo Deliberante de Necochea aprobó sin consideraciones, en la última sesión ordinaria, un proyecto de decreto por el cual se otorgó consentimiento a una norma similar surgida en las últimas semanas desde el Departamento Ejecutivo mediante el cual se establece que a partir del 1º de diciembre de este año, y en un plan de 18 cuotas mensuales, iguales y consecutivas (hasta mayo de 2025), se procederá a la devolución de la partida de 99.800.000 pesos que oportunamente destinó el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a la Municipalidad de Necochea, hecho que tuvo lugar en el segundo semestre del ejercicio 2020, en atención a la situación de “emergencia sanitaria” que se registró como consecuencia de la pandemia de Covid-19.

El expediente en cuestión estuvo incluido en el orden del día de la pasada sesión del HCD y entre los vistos y considerandos se señala la reciente historia de este préstamo, al cual accedieron la totalidad de las comunas bonaerenses, en el marco de la disposición del denominado “Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal” que dispuso el Estado bonaerense vista la extraordinaria circunstancia sanitaria, y en el aludido ejercicio en el que los ingresos de recursos a las comunas se vio menguado como resultante, entre otras variantes, del cierre y la fuerte inactividad registrada en las múltiples actividades de la sociedad argentina.

Varias acciones previas a esta se produjeron en este lapso, postergando la Provincia el momento para llevar a cabo la devolución de este importe, el que fue solicitado se produzca en este final del presente ejercicio comunal.

Transcurrido tres ellos, en este 2023 el DE necochense mediante un decreto 3019/23, “se acogió a la reprogramación de la deuda municipal generada en el marco del “Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal”, según reza la norma.

A consecuencia de esta medida, el Concejo local convalidó recientemente en todos sus términos el decreto citado, acogiéndose a la reprogramación de la deuda municipal asumida en su momento, la que está fijada -así se señala- en 99.800.000 pesos.

El artículo 2º del decreto del HCD Nº 4061/23 da cuenta de lo lo siguiente “Establecer que la reprogramación mencionada en el artículo precedente, se ajustará a las siguientes condiciones financieras: 

-TOTALDE LA DEUDA MUNICIPAL ALCANZADA: Pesos Noventa y nueve millones ochocientos mil ($ 99.800.000,00). 

-PLAZO DE GRACIA: hasta el 1 de diciembre de 2023.

-PLAZO DE DEVOLUCIÓN, VALOR Y PERIODICIDAD DE LAS CUOTAS:  de dieciocho (18) meses, en cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el fin del plazo de gracia.

-MEDIO DE PAGO Y GARANTIA: los recursos que le corresponda percibir a este municipio en virtud del Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos establecido por la Ley Nº 10.559, sus modificatorias y complementarias, o el régimen que en el futuro lo sustituya o reemplace”.

En consecuencia, de los recursos que por coparticipación provincial se le remite mensualmente a la comuna de Necochea se procederá a la retención de la cuota respectiva que, dividiendo aquel monto por 18 cuotas, arroja un monto de casi 5.444.000 pesos.

Y de esta manera, en un año y medio (o sea hasta el mes de mayo de 2025 inclusive), el municipio local procederá a devolver al Estado bonaerense -sin intereses- aquella cifra de casi 100 millones de pesos que, se reitera, salió a atender la demanda de recursos para la especial atención sanitaria que se produjo por la pandemia de Covid-19.

El texto completo del decreto aprobado hace días atrás por el HCD local da cuenta de lo siguiente:

Visto

El expediente municipal N° 2215/2020 c/2471/2020 c/3140/2020 elevado por el  Departamento  Ejecutivo  Municipal  mediante  el  cual  se  solicita  la  autorización  para reprogramar las deudas contraídas con el Estado Provincial en el marco del “Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal”, establecido en el Decreto Provincial N° 264/20, ratificado por la Ley N° 15.174, el artículo 56° de la Ley N° 15.310- Presupuesto Provincial para el Ejercicio Fiscal 2022- y la Resolución N° 55/22 del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia; y

CONSIDERANDO:-

Que mediante Ordenanzas 10294/20, 10538/21 y 10822/22 se autorizó la reprogramación de las deudas municipales generadas en el marco del “Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal”, las cuales fue aprobada por este Honorable Concejo Deliberante;

Que a fs. 124 se comunica que los municipios que fueros asistidos por dicho Fondo podrán solicitar la cuarta reprogramación de su stock de deuda hasta el 01/12/2023;

Que el Departamento Ejecutivo mediante Decreto 3019/23 se acogió a la reprogramación de la  deuda  municipal  generada  en  el  marco  del  “Fondo  Especial  de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal”;

Que el Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas de la Provincia de Buenos Aires, conforme a lo establecido a la Resolución 780/23 sugiere la comunicación del Decreto municipal de adhesión a la reprogramación de la deuda a este H. Cuerpo;

POR TODO ELLO EL H. CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus legítimas atribuciones sanciona el siguiente:-

D E C R E T O   N° 4061/23

ARTÍCULO 1º:- Convalídase en todos sus términos el Decreto Municipal 3019/23, el cual en su articulado reza de la siguiente manera:-

ARTÍCULO 1º: Acogerse a la reprogramación de las deudas municipales generadas en el marco del “Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal” creado por el Decreto Nº 264/20 (ratificado por la Ley Nº 15.174), complementado por el artículo 47 de la Ley N° 15.394 y la Resolución N° 780/23 del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia, por la suma de Pesos Noventa y nueve millones ochocientos mil ($ 99.800.000,00). 

ARTÍCULO 2º: Establecer que la reprogramación mencionada en el artículo precedente, se ajustará a las siguientes condiciones financieras: 

TOTAL DE LA DEUDA MUNICIPAL ALCANZADA: Pesos Noventa y nueve millones ochocientos mil ($ 99.800.000,00). 

PLAZO DE GRACIA: hasta el 1 de diciembre de 2023.

PLAZO DE DEVOLUCIÓN, VALOR Y PERIODICIDAD DE LAS CUOTAS:  de dieciocho (18) meses, en cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el fin del plazo de gracia.

MEDIO DE PAGO Y GARANTIA: los recursos que le corresponda percibir a este municipio en virtud del Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos establecido por la Ley Nº 10.559, sus modificatorias y complementarias, o el régimen que en el futuro lo sustituya o reemplace.

ARTÍCULO 3º: Afectar, en favor de la provincia de Buenos Aires, los recursos que le corresponda percibir a este municipio en virtud del Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos establecido por la Ley Nº 10.559, sus modificatorias y complementarias, o el régimen que en el futuro lo reemplace, como medio de pago y garantía de la deuda reprogramada. 

ARTÍCULO 4º: Disponer para los ejercicios fiscales futuros en sus respectivos presupuestos las partidas necesarias para atender la cancelación total de la Reprogramación de Deudas Municipales generadas en el marco de las normas detalladas en el artículo 1° del presente. ARTÍCULO 5º: Regístrese, pase a la Contaduría General, Dirección General de Presupuesto, y Tesorería Municipal. 

ARTÍCULO 6º: Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante, al Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires y dése la intervención que corresponda a los organismos y/o las reparticiones provinciales y/o nacionales conforme lo establecido en la legislación vigente.

ARTÍCULO 2º:- Comuníquese al Departamento Ejecutivo y demás”.

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