Restringen acceso al mercado cambiario por venta de soja

Facebook
Twitter
LinkedIn
Telegram
WhatsApp

La medida rige para quienes lo hicieron mediante el Programa de Incremento Exportador

El Banco Central dispuso  que los agentes económicos que hayan vendido soja en el marco del Programa de Incremento Exportador no podrán acceder al mercado de cambios para comprar moneda extranjera. Tampoco podrán operar con títulos y valores con liquidación en moneda extranjera.

El directorio del Banco Central de la República Argentina estableció que esta disposición tendrá vigencia a partir de este martes 20 de septiembre.

Las cámaras empresaria del sector evaluaron qu esta reciente medida del BCRA ,dirigida a cooperativas, acopiadores y productores que vendieron soja a los exportadores es restrictiva y limitante del mercado cambiario, además de perjudicial para toda la cadena de la soja.

La circular del Banco Central, difundida este lunes, señala  textualmente que  la institución resolvió:

Establecer, con vigencia a partir del 20.09.22, que los clientes residentes en el país dedicados a la actividad agrícola que vendan mercaderías en el marco del Decreto N° 576/22 a quien realice su exportación en forma directa o como resultante de un proceso productivo realizado en el país (incluidos los sujetos indicados en la Comunicación “C” 93169), no podrán:

 1. Acceder al mercado de cambios para realizar compras de moneda extranjera por parte de personas humanas para la formación de activos externos de residentes, remisión de ayuda familiar y por operaciones con derivados, en los términos del punto 3.8. de las normas sobre “Exterior y cambios”

2. Realizar las operaciones enunciadas en el punto 4.3.2. de las normas de “Exterior y cambios”.” Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de referencia.  

Mas Noticias